SEGURIDAD ELÉCTRICA

  • Certificado de Instalación Apta para conexiones nuevas. Click aquí para descargar
  • Certificado de Instalación Apta para conexiones existentes. Click aquí para descargar

Ley Provincial De Seguridad Eléctrica 10.281

El ERSeP como Autoridad de Aplicación, determina que, a partir del próximo primero de junio, toda conexión eléctrica en el ámbito provincial deberá contar con un Certificado de Instalación Eléctrica Apta firmada por un profesional electricista matriculado. Este Certificado tiene carácter de Declaración Jurada, y se realizará por triplicado, el original quedará en resguardo en la Cooperativa, la copia duplicada en manos del propietario, y la copia triplicada en poder del electricista. Estos certificados deben ser firmados por los propietarios y por los siguientes profesionales:

  • Categoría I: Profesional con título de grado universitario, con alcance /incumbencia en la especialidad eléctrica.
  • Categoría II: Técnico con título habilitante con incumbencia en la especialidad eléctrica.
  • Categoría III: Idóneo con capacitación relacionada a la especialidad eléctrica.

De esta manera, la Cooperativa se encuentra obligada a solicitar dicho Certificado, ante una conexión nueva, o una reconexión donde se haya retirado el medidor por diferentes causas, o bien en aquellos cambios de categoría que implique un cambio evidente en la instalación domiciliaria. La Ley N° 10.281, y sus decretos Reglamentarios, hace responsable al Electricista matriculado y al Propietario de la instalación por cualquier incidente o accidente que se provoque en la misma.